sábado, 17 de marzo de 2018

CONTRATO LABORAL

En las leyes Colombianas está tipificado que es un contrato de trabajo, esto con el fin de regular que toda actividad laboral se realice en un marco legal establecido garantizando los derechos y deberes del empleado y empleador; nuestro Código Sustantivo de Trabajo es su : “ CAPITULO I. DEFINICIÓN Y NORMAS GENERALES. ARTICULO 22. DEFINICIÓN. 1. Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. 2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario”









ELEMENTOS DEL CONTRATO

El contrato de trabajo contiene unos elementos esenciales, tales como, la subordinación la remuneración y la actividad personal del trabajador.


ACTIVIDAD PERSONAL DEL TRABAJOR: Esta acción es indelegable y debe ser realizada por la persona contratada en beneficio del contratante




REMUNERACIÓN: Es el producto final que todo empleado requiere sin importar la clasificación del trabajo o la duración, es reconocido por su nombre “salario”.

  


SUBORDINACIÓN: Facultad del empleador para poder llegar y   desarrollar  mediante sus empleadores al objeto social de las empresas, esta subordinación tiene soporte en el poder reglamentario de cada empresa de dar órdenes e instrucciones.  










Fuente: 
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo.html 

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